Legítimas y Ley 8/2021, de 2 de junio de reforma del Código Civil en materia de discapacidad
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La regulación de la sucesión forzosa en el derecho civil común responde a modelos familiares, económicos y sociales que no se ajustan a las necesidades actuales y requiere por tanto de una urgente revisión o actualización. Dicha labor se ha ido desarrollando en las Comunidades Autónomas con derecho civil propio contando estas en líneas generales con una regulación mucho más ajustada a los parámetros sociales actuales. La ley 8/2021 trae consigo una reforma íntegra de la regulación de la capacidad en el Código Civil afectando igualmente al derecho de sucesiones, pero sin que dicha reforma haya supuesto una revisión o actualización de la regulación de la sucesión forzosa en el derecho civil común, perdiendo con ello el legislador la oportunidad de abordar la urgente e inaplazable reforma del sistema.
Forced heirship regulation in common civil law requires an urgent revision as it relies on economic, social and family models that do not meet the current needs. The required updates have been developed on some of the Autonomous Community that counts with its own civil law resulting on a more adjusted regulation according to the present social parameters. Law 8/2021 entails a complete renovation of the civil capacity affecting also the inheritance regulation but this reform hasn´t affect the forced heirship regulation in common civil law, missing the opportunity given to deal with the pressing reform of the current system.
Palabras Clave:
Discapacidad, sucesión forzosa, legitima foral.
Keywords:
Disability, forced heirship, foral forced heirship
índice:
1. Ley 8/2021 de 2 de junio, planteamiento general; 2. La revisión del sistema legitimario en el Derecho Foral; 3. La revisión del sistema legitimario en el Derecho Civil Común; 4. Incidencia de la ley 8/2021 de 2 de junio en el sistema sucesorio y en particular en la regulación de la legítima; 5. Conclusiones; 6. Bibliografía.
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