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Reflexiones acerca de la firma electrónica y el nuevo mercado de servicios de certificación

Revista de la Contratación Electrónica

Reflexiones acerca de la firma electrónica y el nuevo mercado de servicios de certificación

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El acogimiento legal de la firma electrónica en nuestro Ordenamiento, así como el de la figura de los prestadores de servicios de certificación (en adelante, PSC), no sólo ha estado plagada de las más diversas controversias doctrinales, que incluso han cuestionado el encaje de la firma electrónica y los PSC en nuestro Derecho, sino que además, la confusión existente sobre lo que la firma electrónica es, y lo que la prestación de servicios de certificación comporta, que encuentra su justificación en su origen técnico y ajeno a nuestra cultura jurídica, han generado también constatables e importantes distorsiones en el nuevo mercado de servicios de certificación de firma electrónica, que comprometen en buena manera la libre competencia en el mismo.

índice:

I. La firma electrónica como institución jurídica singular y autónoma. 1. La pluralidad de formas de la firma electrónica. 2. Una comparación irresistible: firma electrónica vs. Firma manuscrita. 3. Algunas críticas recurrentes que se pueden obviar. II. Precisiones en torno a la figura del los prestadores de servicios de certificación. 1. Los PSC como prestadores de servicios de la Sociedad de la Información. 2. Aproximación a la actividad y funciones de los PSC. 3. ¿Prestadores de servicios o autoridades que prestan servicios? 4. Los PSC no son cibernotarios. III. El nuevo mercado de servicios de certificación. 1. Sus principios reguladores. 2. Principales distorsiones en el mercado. IV. Bibliografía