Tutela de los consumidores en el comercio electrónico
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En el presente trabajo se desarrollan los aspectos básicos de la contratación electrónica como un subtipo de la contratación a distancia. Y se analiza el muy reciente régimen jurídico de la comercialización a distancia de servicios financieros: Ley 22/2007, de 11 de julio. En el estudio se tiene en cuenta el nuevo Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 2007(RD Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).
índice:
I. Introducción: contratación a distancia y contratación electrónica. II. Ambitos subjetivo y objetivo. 1. El empresario o profesional: los prestadores de servicios. 2. El consumidor. 3. El profesional o empresario como consumidor: los actos con un propósito mixto y el caso de las microempresas. 4. El consumidor persona jurídica. 5. Contratos incluidos y excluidos: ámbito objetivo. III. Formación del contrato. 1. La perfección del contrato entre personas distantes. 2. Alcance jurídico de la exigencia de confirmación de la aceptación. 3. Sobre el lugar de la perfección: derecho aplicable. IV. Deberes del empresario y ejecución del contrato. 1. Deberes informativos. 2. La forma electrónica. 3. La prueba y firma del contrato. 4. Cumplimiento por el proveedor. 5. Pago liberatorio y pago mediante tarjetas de crédito o de débito. 6. Un supuesto especial: los envíos no solicitados. V. La contratación con consumidores con condiciones generales. 1. Las cláusulas no negociadas individualmente: ámbito de aplicación objetivo. 2. Concepto de cláusula abusiva. 3. Ineficacia de las cláusulas abusivas. VI. La contratación telefónica y electrónica con condiciones generales. VII. Derecho de desistimiento del consumidor en la contratación(a distancia) electrónica. VIII. La comercialización a distancia de servicios financieros. 1. Introducción. 2. Ámbito de aplicación. 3. Deberes de información del proveedor. 4. Derecho de desistimiento del consumidor. 5. Ejecución del contrato: cumplimiento por el proveedor, pago con tarjeta y servicios no solicitados. 6. La comercialización transfronteriza de servicios financieros. IX. Solución de conflictos: el arbitraje de consumo por vía electrónica.
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