20. COMENTARIO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 5 DE JUNIO DE 2019 (320/2019) El plazo aplicable a la acción derivada del seguro de caución para la devolución de las cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas es el general del art. 1964 C.civ. Ponente: Excmo. Sr. Don Francisco Marín Castán. COMENTARIO A CARGO DE: Mariano Yzquierdo Tolsada

20. COMENTARIO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 5 DE JUNIO DE 2019 (320/2019) El plazo aplicable a la acción derivada del seguro de caución para la devolución de las cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas es el general del art. 1964 C.civ. Ponente: Excmo. Sr. Don Francisco Marín Castán. COMENTARIO A CARGO DE: Mariano Yzquierdo Tolsada
Artículo de la obra:
Comentarios a las Sentencias de Unificación de Doctrina. Civil y Mercantil. Volumen 11. 2019.
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