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El hábito de legislar sin ton ni son. Una lectura feminista de la reforma penal de 2015

Cuadernos de Política Criminal
  • Artículo publicado en: Cuadernos de Política Criminal
  • Numero: Número 118
  • Autoría: Maqueda Abreu, María Luisa
  • ISSN: 0210-4059
  • Páginas: 6-43
  • Edición: 1ª ed.
  • Fecha:
  • Editorial: Dykinson
  • Fecha de recepción: Feb. 10, 2016
  • Fecha de aceptación: May 6, 2016

El hábito de legislar sin ton ni son. Una lectura feminista de la reforma penal de 2015

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Esta lectura feminista de la reforma penal de 2015 se propone investigar la posible racionalidad interna de unas decisiones legislativas que afectan de modo primordial o significativo a las mujeres. Una nueva agravante de género y una larga lista de figuras delictivas que describen formas distintas de violencia contra ellas, a veces sexual y a veces no, sugieren el interés por revisar su significado, su alcance y su coherencia político criminal en un contexto marcado por la supuesta voluntad legal de reforzar la tutela penal contra los delitos de género. 

This feminist reading of the 2015 penal reform intends to investigate the possible internal rationality of a legislative decisions that are particulary related to women. A new gender aggravating and a long list of offenses that describe different forms of violence against women, sometimes sexual, sometimes not, suggest interest in reviewing its meaning, scope and criminal political coherence in a context marked by the alleged legal determination to strengthen penal protection against gender crimes. 

Palabras Clave:
Reforma penal, agravante de género, asesinato, secuestro con desaparición, violencia de género, violencia doméstica, hostigamiento, ciberacoso, matrimonio forzado, explotación sexual, proxenetismo, esclavitud

Keywords:
Penal reform, gender aggravating, murder, kidnapping disappearance, gender violence, domestic violence, stalking, cyberbullying, forced marriage, sexual exploitation, pimping, slavery

índice:

I. Introducción. II. La nueva agravante de género (art.22, 4ª CP). III. El “móvil sexual” como agravante en el contexto de algunos delitos contra la vida (arts. 138, 2 a) y 140,1,2ª CP) y la libertad (art.166, 2,b) CP). IV. Los delitos que nombran a las mujeres como sujetos exclusivos de tutela: la violencia en la pareja (arts. 152, 171,4, 172,2 y 148, 4º CP). V. Los delitos que protegen a las mujeres en tanto que miembros indiferenciados de la unidad familiar: stalking (art. 172 bis CP) y ciberacoso (art. 197,7 CP). VI. Los delitos que no nombran a las mujeres pero están pensando en ellas: matrimonio forzado (art. 172 bis CP) y proxenetismo lucrativo y coercitivo (art. 187, 1 CP). VII. Breve conclusión. 

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