El tipo subjetivo en la construcción del delito. Una crítica a la teoría de la imputación objetiva
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La construcción dogmática del hecho punible descansa en la aplicación de dos clases de reglas: de normas por una parte, que en tanto enunciados de deber designan las condiciones bajo las cuales un comportamiento ha de verse como antijurídico, y de reglas de imputación por otra, con arreglo a las cuales se determina si el destinatario de una norma, en atención a sus capacidades efectivas, puede ser hecho responsable por un comportamiento antijurídico, incluidas sus consecuencias. La teoría de la imputación objetiva intenta restringir el ámbito de responsabilidad jurídico-penal por la vía de anteponer ya a la imputabilidad individual de un comportamiento antijurídico su imputabilidad a un destinatario de la norma objetivado. En lo que sigue ha de mostrarse que este paso de imputación adicional no sólo es superfluo, sino también intra-sistemáticamente contraindicado.
Dogmatic construction of the offense lies in the application of two kinds of rules: norms on the one hand, that like duty statements must designate the conditions under which a behavior must be seen as illicit, and of the other attribution norms, under which determines whether the recipient of a rule, in response to effective capabilities, can be held responsible for any illicit behavior, including their consequences. The objective attribution theory try to restrict the scope of criminal liability by way of putting and the individual accountability of illicit conduct his accountability to a recipient of the norm objectified. In what follows is to show that this adicional attribution step is not only superfluous but also intra-systematically contraindicated
índice:
I. Objeto y criterio de la imputación. II. Posibilidad objetiva de perseguir un fin. III. Injusto de la acción. IV. Incremento del riesgo.
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