Inteligencia artificial ¿otro cambio de paradigma en el derecho penal?
Artificial intelligence. Another paradigm shift in criminal law?
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Unos de los grandes avances tecnológicos del siglo XXI, es sin lugar a dudas la IA, pues ésta ha venido a revolucionar nuestra forma de vida y en gran medida a facilitar nuestros quehaceres cotidianos, por ejemplo, desde robots de cocina, termostatos inteligentes, o robots que limpian nuestros hogares, por solo mencionar algunos de ellos. Sin embargo, ante ese gran avance tecnológico también se presentan nuevos problemas en el ámbito del Derecho. Estos conflictos, específicamente en el ámbito del Derecho penal, se ven agravados en los casos que los soportes informáticos o robots dotados de IA causen daños o pongan en peligro a las personas, pues nos enfrentamos a supuestos en los que las maquinas o programas informáticos actúan de mutuo propio aplicando los diversos algoritmos con los que fue programada, incluso yendo más allá no se puede atribuir ningún tipo de responsabilidad, ni al programador, ni a la empresa que lo fabricó ni mucho menos al usuario final. No obstante, algún sector de la doctrina se manifiesta a favor de que dicho conflicto se resuelva a través del Derecho penal, sin embargo, como se tratará de poner de manifiesto a lo largo del presente artículo, tratar de resolver los problemas generados por la IA a través del Derecho penal resulta desacertado, pues existen otros medios más idóneos y congruentes con el sistema jurídico, que se pueden aplicar en estos supuestos.
One of the great technological advances of the XXI century, is undoubtedly AI, because it has come to revolutionize our way of life and to a large extent to facilitate our daily chores, for example, from kitchen robots, smart thermostats, or robots that clean our homes, just to mention some of them. However, in the face of this great technological advance, new problems also arise in the field of Law. Well, these conflicts, specifically in the field of criminal law, are aggravated in cases where computer supports or robots equipped with AI cause damage or endanger people, since we are faced with cases in which machines or computer programs act mutually own applying the various algorithms with which it was programmed, Even going further, no responsibility can be attributed to the programmer, nor to the company that manufactured it, much less to the end user. However, some sector of the doctrine is in favor of this conflict being resolved through criminal law, however, as will be shown throughout this article, trying to solve the problems generated by AI through criminal law is unwise, since there are other means more suitable and consistent with the legal system, that can be applied in these cases.
Palabras Clave:
Inteligencia artificial, Derecho penal, Responsabilidad penal, imputación, acción, culpabilidad.
Keywords:
Artificial intelligence, Criminal law, Criminal liability, imputation, action, culpability.
índice:
I. Introducción II. ¿Qué es la inteligencia artificial?; III. Ruptura entre sistemas y actores; IV. ¿Machina delinquere nonpotest?; V. Hacia un nuevo Derecho de la responsabilidad, más allá del Derecho penal; VI. Conclusiones.
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