La cadena perpetua: los modelos inglés y alemán. Análisis de la STEDH de 9 de julio de 2013. La prisión permanente revisable a examen
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La STEDH de 9 de julio de 2013 declaró que la cadena perpetua sólo es conforme al CEDH cuando la ley nacional prevé la revisión de la condena, proporcionando una expectativa de libertad al penado. En consecuencia, entiende que la legislación de Inglaterra y Gales viola el artículo 3 que prohíbe los tratos inhumanos o degradantes, en tanto no regula con suficiente nitidez ese punto. A juicio del Tribunal la nueva valoración se debería efectuar en un plazo no superior a 25 años de cumplimiento. En el Proyecto de reforma del Código penal español se introduce la «prisión permanente revisable» para un grupo de delitos de gravedad dispar, con periodos de revisión que oscilan entre 25 y 35 años. Según expresa la Exposición de Motivos, con esta nueva pena se busca fortalecer la confianza en la Administración de Justicia, garantizando resoluciones que sean percibidas en la sociedad como justas. Pero para conseguir este objetivo característico del conocido como «populismo punitivo », se sacrifican principios penales fundamentales como el de resocialización y el de proporcionalidad.
The European Court of Human Rights declared, at 9th July 2013 sentence, that life imprisonment is only permissible under the ECHR where national law provides for review of the sentence, providing an expectation of freedom to the prisoner. Therefore, it concludes that England and Wales legislation violates article 3 ECHR which prohibits inhuman or degrading treatment, while not regulated with sufficient clarity that point. According the European judges a new decision over the freedom should be taken within a period not exceeding 25 years after the start of the compliance. A project to modify the Spanish penal code introduces the “permanent prison reviewable” for a group of serious offenses, with review periods ranging between 25 and 35 years. According to the explanatory memorandum of that draft, with this new penalty is to strengthen confidence in the administration of justice, ensuring resolutions that are perceived as fair by society. But to achieve this objective, known as “punitive populism”, are sacrificed fundamental criminal principles such as proportionality and resocialization.
Palabras Clave:
Prisión permanente revisable; cadena perpetua; Proyecto de reforma del Código penal; principio de proporcionalidad; resocialización
Keywords:
permanent prison reviewable; life imprisonment; project to modify the Spanish penal code; principle of proportionality; resocialization
índice:
I. Introducción. II. Regulación actual de la cadena perpetua en Inglaterra. 1. Modalidades de cadena perpetua. 1.1. Cadena perpetua obligatoria impuesta por la ley (Mandatory life sentence). 1.2. Cadena perpetua por la comisión de segundos delitos tasados (Life sentence for second listed offender). 1.3. Cadena perpetua para la protección pública por delitos graves (Imprisonment for public protection for serious offences). 2. El periodo mínimo de cumplimiento y la libertad anticipada. 2.1. Judicialización de la decisión relativa al periodo de cumplimiento y la libertad anticipada. 2.2. Derecho de información del penado. 2.3. Resocialización y libertad anticipada. 2.4. Resumen. III. Sentencias de Tribunales nacionales sobre la cadena perpetua. 1. Inglaterra. 1.1. Sentencias anteriores a la Criminal Justice Act 2003. 1.2. Sentencias dictadas bajo la Criminal Justice Act 2003. 2. Alemania. IV. La sentencia del TEDH de 9 de julio de 2013. 1. Antecedentes de hecho. 2. Desestimación inicial de las demandas bajo el artículo 3 del CEDH. 3. Postura de la «Gran Sala». V. La prisión permanente revisable prevista en el Proyecto de reforma del Código penal español.
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