La reforma del homicidio doloso y del asesinato por LO 1/2015
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En 2015 el legislador español modifica la regulación del homicidio y del asesinato, introduce la categoría intermedia de los homicidios agravados y agravaciones del asesinato. La reforma no está justificada y además da lugar a importantes problemas interpretativos. En este artículo se examina críticamente la nueva regulación.
In 2015 the Spanish legislator modified the regulation of manslaughter and murder and introduced an intermediate category, aggravated man slaughter, as well as new forms of aggravated murder. Such a reform is not justified and in addition gives rise to important interpretation problems. In this paper I examine critically the new regulation.
Palabras Clave:
Homicidio. Asesinato. Técnica legislativa. Circunstancias
Keywords:
Manslaughter. Murder. Legislative technique. Circumstances
índice:
1. Introducción. 2. Referencias histórico-legislativas. 3. Referencias de derecho comparado. 4. Consideraciones de política legislativa a la vista de la historia legislativa y del derecho comparado. 5. Homicidio doloso y asesinato en la regulación introducida por la L. O. 1/ 2015, de 30 de marzo. 5. 1. Homicidio doloso agravado. 5. 1. 1. Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona * Catedrática de Derecho Penal. Universidad de Valladolid. 6 MERCEDES ALONSO ÁLAMO CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL ISSN: 0210-4059 Número 117, III, Época II, diciembre 2015, pp. 5-49 especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. 5. 1. 2. Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. 5. 1. 3. Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal. 5. 1. 4. Cuando los hechos sean además constitutivos de un delito de atentado del artículo 550 del Código penal. 5. 2. Asesinato. 5. 2. 1. Acerca de la posibilidad de concurrencia de la alevosía con la circunstancia de que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. 5. 2. 2. Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra. 5. 2. 3. Acerca de la posibilidad de concurrencia de la circunstancia configuradora para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra con la circunstancia cualificativa que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.5. 3. Asesinatos agravados e hiper-agravados. 6. Consideración final.
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