Los delitos cometidos en el seno del proceso concursal. Aspectos penales y procesales
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La posibilidad de cometer hechos delictivos, una vez abierto el proceso concursal, justifica la intervención del Derecho Penal al objeto de salvaguardar las expectativas crediticias de los acreedores ante posibles conductas fraudulentas del deudor concursado cuya intención sea perjudicar o frustrar las posibilidades de cobro de los mismos. Se parte de la necesidad de previa apertura de un proceso concursal para poder ejercitar la acción penal de los delitos tipificados en los artículos 259 a 261 del CP, lo cual ya nos habla de la conveniencia de manejar conceptos básicos de la Ley Concursal para la correcta interpretación de estas figuras delictivas. De acuerdo a estos parámetros, se analizan los aspectos de la Ley Concursal que estimamos tienen mayor incidencia sobre los delitos concursales tomando como marco de referencia las aportaciones doctrinales y jurisprudenciales más recientes. Palabras clave: insolvencia punible, proceso concursal, deudor concursado, acreedor, crédito.
índice:
I. Fundamento de la intervención del derecho penal en el ámbito concursal.– II. Presupuestos de naturaleza concursal previos a la apertura de un proceso penal por delito de insolvencia punible: 1. Presupuesto de índole objetivo: la insolvencia. 2. Presupuesto de índole subjetivo: autoría del delito.– III. El requisito objetivo de procedibilidad en las insolvencias punibles: 1. Artículo 259 CP: Favorecimiento ilícito de acreedores. 2. Artículo 260 CP: El delito de quiebra. 3. Artículo 261 CP: Delito de presentación de documentación falsa.– IV. Especial referencia a la incidencia de la Ley concursal en las conductas tipificadas en el articulo 260 del Código penal