Reflexiones sobre el Derecho penal internacional
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Una nueva Cruzada se está predicando: la de la Justicia Penal Internacional. El hecho está provocado no tanto porque en los últimos tiempos haya habido más masacres que en otros momentos de la Historia (pues de hecho no es así dado que, por limitar temporalmente la referencia, durante todo el siglo XX —y flanqueando las guerras mundiales— las carnicerías no han dejado de repetirse: por los británicos durante la guerra anglo boers, por los turcos contra los armenios —que sigue cobrándose víctimas hoy en día—, por los españoles en la guerra africana —que no dudaron en «gasear» poblaciones enteras en venganza por «lo de Annual»—, por los japoneses en la península de Corea y China, por los soviéticos contra todas sus nacionalidades y reiteradamente, por…), sino porque hoy son más «visibles» dado que los modernos medios de comunicación, en muy poco tiempo, son capaces de «servirnos» esas atrocidades, con todo tipo de detalle, en nuestros propios hogares y con la máxima rapidez...
It’s a question of a very hard criticism about the international actions of some countries —specially from Israel, USA, Russia— that whilst in the international meetings they declare their respect towards the human rights, in internal terms they do not have any doubts in torturing, murdering or kidnapping. At the same time the hypocrisy of the international community is analyzed. In events like Srebrenica, where their inaction was the cause of the slaughter; omission has not disabled surely the formation of international criminal courts, even with the absence in the prisoner’s seat of the persons in charge of the international community. The analysis of the international criminal court’s statute and of the «Scilingo» case, through the decisions taken by the Spanish «Audiencia Nacional», end the research.
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