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Relaciones sexuales mutuamente decididas y modificación unilateral de las condiciones del consentimiento prestado (stealthing)

Mutually decided sexual relations and the unilateral modification of consented conditions (Stealthing)

Cuadernos de Política Criminal

Relaciones sexuales mutuamente decididas y modificación unilateral de las condiciones del consentimiento prestado (stealthing)

Mutually decided sexual relations and the unilateral modification of consented conditions (Stealthing)

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La responsabilidad por la comisión de un delito contra la libertad sexual requiere, como cualquier otra infracción penal, que la conducta desvalorada cumpla con todos los elementos de un injusto típico. En este trabajo se plantean dudas acerca del castigo del stealthing como delito contra la libertad sexual, dado que claramente se ha consentido el acto sexual esencial (la penetración), así como cuándo, dónde y con quién se ha mantenido tal relación. El acto concreto de penetración (sin preservativo) no parece constituir un acto de naturaleza sexual inequívocamente distinto al inicialmente consentido (con preservativo). Cabe considerar que no cualquier modificación en la forma de practicar el acto sexual distinta a la acordada no debe ser sancionada penalmente, sino solo cuando suponga una desviación del comportamiento clara e inequívocamente relevante desde un punto de vista valorativo.

Criminal liability for committing an offense against sexual freedom requires, like any other criminal offense, that the wrongful conduct meets all the elements of a typical unlawful act. In particular, this paper raises doubts about punishing stealthing as a crime against sexual freedom. In these cases, the potential victim has validly consented to the sexual relationship, including with whom, when, and where it takes place. However, the specific act of penetration (without a condom) appears to be a different, non-consented sexual act, as penetration occurs in a manner different from what was previously agreed upon (with a condom). This paper argues, however, that not every modification in the way sexual activity is carried out differently from what was agreed upon should be criminally sanctioned. Only those modifications that constitute a clear and unequivocally relevant deviation from a normative perspective aligned with a liberal criminal law should be penalized.

Palabras Clave:
Stealthing; consentimiento sexual; delitos contra la libertad sexual; engaño; consentimiento viciado

Keywords:
Stealthing; Sexual consent; Crimes against sexual freedom; Deception; vitiated consent

índice:

I. El engaño y el consentimiento en el contexto sexual. II. El stealthing o retirada engañosa (o no consentida) del preservativo. III. Tratamiento por la jurisprudencia española. En particular, la STS (Pleno) núm. 603/2024, de 14 de junio. IV. Los delitos de agresiones sexuales sobre mayores de dieciséis años y sus elementos comunes definitorios. 1. La libertad sexual como bien jurídico protegido. 2. Breve mención a las modalidades de conducta de los arts. 178 y 179 del código penal. 3. Regulación vigente del consentimiento sexual. V. El stealthing a la luz del Derecho penal sexual español. 1. Argumentos doctrinales favorables a la sanción de stealthing como forma de agresión sexual. 1. El engaño bastante en materia sexual. 2. Argumentos basados en la falta de consentimiento. VI. Mi posición personal: atipicidad del stealthing como delito contra la libertad sexual.

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