Los derechos fundamentales del trabajador frente a los nuevos instrumentos de control empresarial
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La sumisión del trabajador al poder de vigilancia y control del empresario no ha de suponer una abdicación absoluta de sus derechos fundamentales, en decir del sumo intérprete de la Constitución. No obstante, la aplicación de nuevas tecnologías que permiten la grabación y el registro de la actividad del trabajador han hecho a este más vulnerable frente a una eventual intromisión ilegítima del empresario en su esfera privada. Ante la ausencia de una normativa específica que regule el control tecnológico de la prestación de trabajo, procede abordar la interpretación que el Tribunal Constitucional ha deparado al contenido esencial del derecho a la propia imagen, a la intimidad, o al secreto de las comunicaciones del trabajador.
Subjecting the employee to the supervision and control of the employer must not suppose an absolute abdication of their fundamental rights, as stated by the higher interpreter of the Constitution. However, the use of new technologies that allows the employer to record employee’s activity has made him more vulnerable to an illegal intrusion into his own privacy. Given the lack of specific legislation governing the technological control of the employee, we must to address the Constitutional Court interpretation of the essential meaning of the right to self-image, the right to privacy and the right to secrecy of the employee’s communications.
Palabras Clave:
Poder de control empresarial, nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, vida privada del trabajador, derecho a la intimidad, derecho al secreto de las comunicaciones
Keywords:
Supervision and control power of the employer, new information and communication technologies, employee’s privacy, right to privacy, right to secrecy of the employee’s communications
índice:
1. LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LA VIDA PRIVADA DEL TRABAJADOR: DIMENSIÓN LABORAL Y DIMENSIÓN EXTRALABORAL. 2. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR FRENTE AL EJERCICIO DEL PODER DE VIGILANCIA Y CONTROL POR PARTE DEL EMPRESARIO A TRAVÉS DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN. 2.1. El derecho a la intimidad y a la propia imagen del trabajador; 2.2. El derecho al secreto de las comunicaciones del trabajador. 3. CONCLUSIONES.
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