Capacidad, incapacidad relativa e indignidad para suceder
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Con respecto a la capacidad para suceder por cualquiera de las formas admitidas para ello, el Derecho romano exigió que se dieran una serie de requisitos como la capacidad general o testimenti factio passiva, el ius capiendi o capacitas y la ausencia de indignidad en el heredero. De manera semejante, se exigen en nuestro ordenamiento una serie de requisitos que, si faltan, incapacitan para suceder –según expresión utilizada por el artículo 744 del Código Civil–. En esta lección se pretende resaltar las analogías y diferencias entre los requisitos exigidos en el Derecho romano histórico y los recogidos en el Derecho civil común sin pasar, en este caso, por el necesario estudio del período intermedio. No descarto abordar este aspecto en otro lugar.
With regard to the capacity to succeed by any of the forms admitted for this purpose, Roman Law required a series of requirements to be met, such as general capacity or testimenti factio passiva, ius capiendi or capacitas and the absence of unworthiness in the heir. Similarly, in our legal system, a series of requirements are demanded which, if lacking, incapacitate to succeed –according to the expression used by article 744 of the Civil Code–. The aim of this lesson is to highlight the analogies and diff erences between the requirements demanded in historical Roman Law and those included in common civil law, without, in this case, going through the necessary study of the intermediate period. I do not rule out addressing this aspect elsewhere.
Palabras Clave:
capacidad para heredar, testamenti factio pasiva, capacidad relativa, ius capiendi, indignitas
Keywords:
capacity to inherit, testamenti factio passiva, relative capacity, ius capiendi, indignitas
índice:
I. INTRODUCCIÓN. II. CAPACIDAD O APTITUD GENERAL PARA SUCEDER. 1. Testamenti factio passiva. B. Capacidad general o testimentifacción pasiva. III. PROHIBICIONES LEGALES PARA SUCEDER: LAS LLAMADAS INCAPACIDADES RELATIVAS. 1. Ius capiendi y adquisición de la herencia. 2. Incapacidad relativa para suceder. IV. LA INDIGNIDAD. 1. Indignitas en Derecho romano. 2. La indignidad para suceder en el Código civil. A. Concepto y naturaleza jurídica. B. Causas de indignidad. C. Momento en el que debe darse la causa de indignidad. D. Efectos de la indignidad. E. Rehabilitación del indigno. V. INDIGNIDAD Y DESHEREDACIÓN. VI. BIBLIOGRAFÍA.
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