Consecuencias de la crisis económica sobre la Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid
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A partir del estudio de la litigiosidad y de los medios materiales, personales y pre-supuestarios en las cuatro jurisdicciones existentes en la organización del Poder Judicial en la Comunidad de Madrid, y tras el planteamiento de dos hipótesis acerca de las consecuencias de la coyuntura económica en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, este estudio, apoyándose en los marcos teóricos de Lindblom y Wilson, trata de explicar las razones de por qué las políticas de Justicia en Madrid han seguido un modelo incrementalista. Finalmente, siguiendo el modelo de Kingdon se apunta la posibilidad de que la precaria situación de las cuentas públicas se convierta en una ventana de oportunidad para introducir reformas racionalizadoras.
After studying the litigiousness and the material, human and economic resources in the four jurisdictions of the Autonomous Community of Madrid, and formulating two different hypotheses about the consequences of the economic crisis on this fi eld, this research tries, based on Lindblom’s and Wilson’s theoreticals framework, to explain the incrementalism model followed. Finally, using the Kingdon’s model, it is indicated the possibility of a policy window open to racionalization reforms because of the preacarious situation of the public finances.
Palabras Clave:
administración de justicia, Comunidad de Madrid, políticas públicas, incrementalismo, litigiosidad
Keywords:
justice administration, Autonomous Community of Madrid, public policy, incre-mentalism, litigiousness
índice:
I. INTRODUCCIÓN; II. EVOLUCIÓN DE LA LITIGIOSIDAD EN LA COMUNIDAD DE MADRID; 1. Jurisdicción civil; 2. Jurisdicción contencioso-administrativo; 3. Jurisdicción social; 4. Jurisdicción penal; III. EVOLUCIÓN DE LOS MEDIOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID; 1. Planta Judicial; 2. Personal; 3. Presupuesto; IV. RAZONES DEL MODELO INCREMENTALISTA EN LAS POLÍTICAS DE JUSTICIA; V. APUNTE FINAL: ¿UNA VENTANA DE OPORTUNIDAD PARA INTRODUCIR REFORMAS? J. KINGDOM; VI. CONCLUSIONES; VII. BIBLIOGRAFÍA.
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