El proceso por ausencia en la doctrina medieval
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Con la aparición de las primeras Summae medievales, y, posteriormente, con la obra de los glosadores y comentaristas se advierte una nueva orientación en materia procesal, tendente, frente al viejo proceso de los fueros municipales, a la introducción de los antiguos procedimientos especiales, los cuales darán entrada, con carácter de generalidad, a un ejercicio efectivo del ius puniendi por parte de la autoridad real, lo que permitirá relegar los intereses particulares –la satisfacción o el castigo privado– en bene? cio de una mayor actuación punitiva del Estado. En este sentido pueden ser ilustrativas las rúbricas De absente reo,De contumacibus,De dolo et contumacia, o, entre otras, De contumacia, que se hallan recogidas los diversos tratados de práctica forense, donde, de nuevo, el proceso por contumacia alcanza entidad propia.
The appearance of the ? rst Summæ medieval and later with the work of the commentators and commentators warns new guidance in procedural matters, aiming in front of the old process of municipal charters, the introduction of the old procedures special entry which will, as a matter of generality, the effective exercise of ius puniendi by royal authority, which will relegate interests the private satisfaction or punishment, in favor of a more punitive state action. In this sense they can be illustrative of the headings of absinthe defendant, De contumacibus, Dolo et contempt, or, among others, in absentia, which are collected the various treaties of forensic practice, where, again, the process reaches absentia entity their own.
Palabras Clave:
Derecho medieval. Proceso por contumacia. Ausencia. Citación. Rebeldía
Keywords:
Medieval law. Process for contumacy. Absence. Citation. Rebellion
índice:
I. INTRODUCCIÓN; II. ETIMOLOGÍA, CONCEPTO Y TIPOLOGÍA; 1. Etimología;2. Concepto; 3. Tipología; A. Contumax verus; B. Contumax? ctus; C. Contumacia tacita et expressa; III. CAUSAS EXIMENTES; IV. LA CITACIÓN; 1. Excepciones: citatus excusatur;A. Citación judicial; B. La noti? cación: per quem debeat ? eri citatio; C. Formas de citación; a) Citación real; b) Citación verbal; c) Citación por carta; d) Citación por edicto; e) Citación por proclama; f) Citación mediante toque de campana; V. TIEMPO; VI. EL PROCEDIMIENTO; 1. La contumacia del actor; A. Cuando la lis estaba contestada; B. Cuando la lis no estaba contestada; 2. La contumacia del demandado; A. Juicio Ordinario; B. Juicio summario; 3. Sentencia; 4. La apelación; 5. Sanciones.