Los recientes procesos de reforma del proceso penal en América Latina. Una evaluación
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Los intentos de reformas judiciales en materia penal en los últimos años han girado, en América latina, alrededor de la necesidad del abandono del modelo inquisitivo. Posiblemente el objetivo de abandono de la cultura inquisitiva no ha servido para darle precisión a los caminos de reforma. Las reformas procesales en América latina han respondido a una importante agenda político-criminal, pero han evidenciado algunas deudas todavía vigentes. Ello ha sucedido con la necesaria transformación del sistema de investigación de delitos, del sistema penitenciario y de las leyes de organización. Los procesos de reforma, posiblemente, han aumentado el protagonismo social del sistema penal y no han profundizado el impacto del poder reductor del sistema de garantías constitucionales.
The intents of judicial reforms in the criminal field during the last years have been based, in Latin America, on the need to abandon the inquisitorial model. Possibly, the objective of abandoning the inquisitive culture hasn’t been enough to give precision to reform ways. Procedural reforms in Latin America have responded to an important criminal policy schedule, but have shown some debts still to be paid. That has happened with the so-needed transformation of the crime investigation system, of the Penitentiary System and of the organizational laws. Reform processes have possibly increased the social protagonism of the criminal system, but haven’t deepened the reducing power of the system of constitutional guarantees.
índice:
I. La crisis de la justicia penal en América latina. El modelo inquisitivo en el centro de la observación.— II. Las dimensiones de la transformación del sistema de enjuiciamiento.— III. Los caminos no transitados o las deudas pendientes.— IV. ¿Abandono de la inquisición?: la situación actual del sistema de enjuiciamiento en América latina y la pérdida de protagonismo de las garantías constitucionales como agenda de cambio.— V. La necesidad de retornar a los límites: ¿mínima intervención procesal?
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