Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 29 de mayo de 2017 (336/2017). La prórroga de una anotación preventiva no es un mero acto de impulso procesal, y la responsabilidad por no pedirla no es del Procurador Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 29 de mayo de 2017 (336/2017). La prórroga de una anotación preventiva no es un mero acto de impulso procesal, y la responsabilidad por no pedirla no es del Procurador Artículo de la obra: Comentarios a las Sentencias de Unificación de Doctrina. Civil y Mercantil. Volumen 9. 2017. Comenta y valora este libro Número de descargas: 0 Formato: PDF 6,00€ Comprar